22 jun 2016

Los escondrijos del blanqueo Por Pedro Biscay (*)

El proyecto de ley de blanqueo favorece a quienes tienen por costumbre esconder fortunas en guaridas fiscales. Podrán decirnos que “en sí” no es delito y habrá que decirles sencillamente que el mundo delictivo sólo reconoce el “para sí”. En las oficinas donde el crimen de las altas esferas del poder económico tiene lugar, ningún “en sí” es posible. No estemos dispuestos a que nos escondan la entrega del patrimonio de la Anses bajo la bandera de reparaciones.
Esta ley es un blanqueo legitimador del stock de divisas ocultos en el exterior y, a su vez, es un blindaje del flujo de capitales que generan los ricos –locales y extranjeros– gracias a las políticas de especulación financiera salvaje, instrumentadas a través de la tasa de interés más alta del mundo y la desregulación de la cuenta capital, cuya consecuencia en el mediano o largo plazo será la inestabilidad de los mercados y el desbalance cambiario. Perder el patrimonio del FGS contribuye en este mismo sentido.

Pero el proyecto esconde más cosas. Por ejemplo el cierre de sumarios cambiarios en el Banco Central de la República Argentina, puesto que así lo establece uno de sus artículos al dispensar al ente regulatorio en materia monetaria del inicio de los mismos. Existen conversaciones entre altos funcionarios y jueces del fuero penal económico en las que se discute cerrar actuaciones en curso. El mensajes es clarito y lo leen los grupos económicos que tiene una historia enorme de sumarios por violaciones cambiarias a través de mecanismos como la subfacturación, sobrefacturación, liquidaciones no realizadas o tardíamente introducidas al país. ¿El paso siguiente será decirnos qué aquí no hay fuga, qué aquí hay ingreso y salida de capitales libres? Una idea muy noventista.
Pero además apareció en el recinto una sutileza más escandalosa, introducida a las 4 A.M. entre gallos y medianoche, basada en la falacia de sostener que “así lo recomiendan las prácticas internacionales”. Esta sutileza que no es de menor envergadura, consiste en establecer legalmente que la Unidad de Información Financiera deja de pertenecer al Ministerio de Justicia y pasa a formar parte del Ministerio de Hacienda.
Vale aclarar que ningún estándar ni práctica internacional se definen por un modelo determinado de UIF. Todos establecen como principio la necesidad de garantizar independencia operativa, prohibición de influencias indebidas y adopción de medidas apropiadas para prevenir y neutralizar el lavado de activos, como por ejemplo congelar fondos, solicitar decomisos y formular denuncias a tiempo. Así lo dice el GAFI, así también lo dice el Grupo Egmont y el FMI.
Traspasar la UIF a Economía es una vieja pretensión del lobby de algunos sectores del poder financiero, que durante muchos años se logró desactivar porque se mantuvo una decisión firme acerca de que la investigación del lavado forma parte de la política criminal y las políticas de seguridad. En nuestro país, se trata de una materia propia de Justicia, no de Economía, puesto que sólo mediante la persecución penal se investiga y castiga apropiadamente el lavado de dinero. ¿Este cambio en el proyecto de ley significará entonces que el ministro de Hacienda defina la política criminal contra el lavado de dinero y sus delitos precedentes? ¿Significará que controlará la información financiera sobre operaciones sospechosas?
Veamos más de cerca. El manejo de información es el ABC para la formulación de cualquier política, de modo que la política criminal requiere de datos que definan con precisión tácticas y estrategias de intervención, al igual que requiere de datos el manejo y formulación de la política económica y financiera del país. Si estos datos se mezclan o entran en conflicto, ni una política ni la otra llegaran nunca a buen puerto. Una de ellas o las dos van a fracasar. Quien define el lineamiento económico no puede definir los mecanismos e instrumentos de persecución del delito económico. Entonces, o se pulveriza la política económica o se deja de perseguir el lavado de dinero.
El Ministerio de Hacienda no puede manejar la información sobre reportes sospechosos y a la vez promover inversiones en el país, a menos que la UIF sea un instrumento para atraer inversiones como afirmó en su momento su actual titular. Si se pretende combatir el narcotráfico y su financiamiento, estas son dimensiones contradictorias y conflictivas. Por eso, ésta opción se definirá en favor de clausurar la persecución penal del delito económico y el lavado de dinero.
Este es un asunto delicado para el país porque no podemos renunciar a la gestión de la política criminal –menos que menos en materia de lavado, narcocriminalidad, trata de personas y corrupción– cuando la actividad económico se desregula por completo. Si esto sucede, veremos cómo, gradualmente, el crimen invade la economía y la vuelve cada día más clandestina.
Mantener esta modificación tal cual está es un sin sentido o una definición política muy aguda que consiste en seguir debilitando la UIF que hoy por hoy está controlada por asesores de lavadores y bancos internacionales, que ha despedidos a sus mejores técnicos y que ha renunciado a continuar la pretensión penal en investigaciones por lavado de dinero muy importantes en materia bancaria y financiera. Vamos hacia un modelo de UIF que no está dispuesta a investigar el crimen financiero, ni sus vínculos con la corrupción y el crimen organizado.
Si de blindar flujos se trata, ésta es la pieza que faltaba.
* Director del Banco Central de la República Argentina.